Aclaración: información falsa en redes sociales sobre los créditos adeudados a Coopeservidores

**COMUNICADO OFICIAL**

ACLARACIÓN SOBRE INFORMACIÓN FALSA CIRCULANDO EN REDES SOCIALES EN RELACION CON LOS CRÉDITOS ADEUDADOS A COOPESERVIDORES, ADMINISTRADOS POR FCS–FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DE ACTIVOS RESIDUALES DE COOPESERVIDORES I-8118-2025.

En días recientes ha circulado en la plataforma TikTok un video que afirma que transcurridos 4 años se da la prescripción de su deuda. Esta información es absolutamente falsa y puede perjudicar gravemente a quienes la crean.

La deuda NO se extingue automáticamente, ni por simple paso del tiempo.

  1. La prescripción de la deuda se interrumpe ante actos que puede realizar el acreedor (Todos estos actos reinician el plazo desde cero):
  2. Una demanda o gestión judicial formalmente comunicada al deudor interrumpe la prescripción.
  3. Cuando el acreedor realiza un requerimiento de pago por vía judicial, notarial o escrita, y este es notificado, la prescripción se interrumpe.
  4. Reconocimiento expreso o tácito de la deuda por parte del deudor, por ejemplo: mensajes admitiendo la deuda, firmas de convenios, negociaciones, correos, etc.
  5. Pagar intereses es un reconocimiento tácito de la obligación.

Efecto jurídico:

La interrupción anula todo el tiempo transcurrido y reinicia el cómputo desde cero. (Código de Comercio, arts. 977–981)

  1. La legislación costarricense es clara, la prescripción no opera de oficio, ni automáticamente.

(Art. 973, Código de Comercio)

  1. ¿Qué riesgos corre usted como deudor si se deja llevar por contenido engañoso?

Creer en videos que prometen “deudas mágicamente prescritas” puede traer consecuencias serias:

  • Más intereses y cargos acumulados
    Al dejar de pagar, la deuda crece y se encarece.
  • Pérdida de oportunidades de negociación
    Beneficios, arreglos y descuentos pueden perderse.
  • Reactivación de gestiones legales permitidas por la ley
    El acreedor conserva su derecho de actuar.
  • Afectación grave de su reputación e historial financiero
    Lo cual puede impactar préstamos, financiamientos y relaciones contractuales futuras.
  1. Cumplir sigue siendo un acto de responsabilidad y buena fe. 

Pagar una deuda —aun cuando no se inicie un proceso judicial—:

  • Refuerza la credibilidad personal,
  • Mantiene relaciones financieras sanas,
  • Y demuestra responsabilidad y transparencia.

Mensaje final a la ciudadanía:

No crea ni comparta rumores o videos virales sin fundamento legal.

La ley es clara:

  • Ninguna deuda prescribe automáticamente.
  • Hay actos que interrumpen la prescripción y el plazo comienza a correr desde cero.
  • La prescripción nunca se declara de oficio.
  • Ninguna red social puede extinguir obligaciones legales.

Si usted tiene dudas sobre su crédito, estamos a su disposición para orientarle con claridad, respeto y responsabilidad. 

Sírvase contactarnos a Central Telefónica de FCS 2243-9500 o escríbanos al correo consultasFCS@cs.fi.cr

Le invitamos a mantenerse informado en nuestra página web www.ahorroycredito.cr 

Responsable de publicación

Francisco Alonso Ramírez Chinchilla 

Cédula 1-0870-0110

Representante legal de FCS–Fideicomiso de Administración de Activos Residuales de COOPESERVIDORES                            I-8118-2025.